Ra’al Ki Victorieux
Aumento de Penas frente al Muro de la Impunidad
Se considera que en México 63 de cada 100 mujeres han sido objeto de un acto de violencia. De acuerdo al INEGI entre 2015 y 2018 sólo 7% de los ilícitos contra mujeres fueron investigados, y lo peor: solo 1.3% de las víctimas alcanza justicia.

De acuerdo con el Código Penal Federal, el delito de violencia familiar lo comete quien lleva a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar.
Con fecha marzo del 2020, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de reforma al Código Penal Federal, a fin de aumentar la pena de prisión para tal delito, de tal manera pasó de entre seis meses a cuatro años, a entre tres y siete años. Se aprobó con 431 votos a favor, y fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. El proyecto de decreto reforma los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, y surgió de una iniciativa presentada por la diputada con licencia Marina del Pilar Ávila Olmeda (Morena), el 4 de diciembre de 2018, dictaminada por la Comisión de Justicia.
Durante el 2022, el Congreso de Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con la intención de agravar la pena del delito por violencia familiar hasta por cinco años de prisión, así como incluir como causal, la alienación parental de quienes tengan la patria potestad, tutela o custodia de un menor de edad.
La penalización de la violencia doméstica aparece en la legislción mexicana desde 1997, con lo que se pretendía adecuar la legislación a los tratados internacionales suscritos por México y coadyuvar a eliminar este tipo de discriminación que principalmente afecta a niños, mujeres y ancianos.
Tipos de Violencia Familiar
La violencia física la constituyen los golpes, empujones, tirones de pelo, bofetadas, patadas, mordeduras, puñaladas, mutilaciones, torturas, y todo tipo de fuerza física dañina sobre la víctima.
La violencia sexual es toda actividad no consentida por la otra parte.
La violencia psicológica es cualquier acto o conducta intencionada que produce desvaloraciones, o sufrimiento, por ejemplo insultos, humillaciones, y conductas que perjudiquen el valor de la persona.
La vioelncia económica se da cuando existe desigualdad en el acceso a los recursos compartidos.
La violencia estructural se liga con la económica, y obstaculiza el desarrollo del potencial de la persona, son diferencias en el manejo del poder.
La violencia espiritual se da al obligar a otro a aceptar una forma determinada de pensar en la fe.
Un Estado de Justicia y Gobernanza Demanda mejor Actuación del Poder Judicial, y una Profunda Transformación Social
Independientemente de que los legisladores busquen mejorar o transformar las leyes, estos esfuerzos no llegan a buen puerto si el poder judicial -las fiscalías y los ministerios públicos-, carecen de herramientas y profesionalismo para dar seguimiento de calidad a las denuncias. Es menester que exista una transformación de estos organismos para que verdaderamente cumplan su función.
También, cada ciudadano tiene que comenzar a tener mayor cariño por la paz, y alternativas para la resolución pacífica de los conflictos. Estas herramientas deben divulgarse a través de todos los niveles de educación y en la atención mental de las personas, por una sociedad más justa y fraterna.
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